Que entidades locales pueden establecer y exigir contribuciones especiales?

¿Qué entidades locales pueden establecer y exigir contribuciones especiales?

Los ayuntamientos podrán establecer y exigir contribuciones especiales para la realización de obras o para el establecimiento o ampliación de servicios municipales. Lo recaudado ha de usarse únicamente para el fin para el que ha sido dispuesto. Obras y servicios públicos locales.

¿Qué entidades están reguladas en la Ley 49 2002 de 23 de diciembre?

a) Las fundaciones. b) Las asociaciones declaradas de utilidad pública. c) Las organizaciones no gubernamentales de desarrollo a que se refiere la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, siempre que tengan alguna de las formas jurídicas a que se refieren los párrafos anteriores.

¿Cuáles son los recursos de las haciendas locales?

Los recursos que constituyen la hacienda de las entidades locales con los siguientes: Los tributos propios clasificados en tasas, contribuciones especiales e impuestos y los recargos exigibles sobre los impuestos de las entidades autónomas o de otras entidades locales.

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¿Cuánto es el porcentaje de donaciones?

Aunque algunas comunidades autónomas tienen una legislación propia, existe una norma general para el impuesto de donaciones. Éste varía entre el 7,65\% para cantidades inferiores a 8.000 € y un 34\% en cantidades mayores a 200.000 €.

¿Qué entidades locales pueden establecer tasas?

Los Ayuntamientos y las entidades locales pueden establecer tasas por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local, así como por la prestación de servicios públicos o la realización de actividades administrativas de competencia local.

¿Quién recauda las contribuciones especiales?

Las municipalidades recaudan ingresos mediante tasas y contribuciones especiales. Todos los ingresos, incluyendo ganancias de capital, están sujetos a impuestos. Las empresas que residen en Argentina pagan impuestos a sus ganancias mundiales.

¿Cuáles son los tributos locales?

Los tributos locales consisten en impuestos, tasas y contribuciones especiales. Este impuesto recae sobre el valor de los bienes inmuebles enumerados en la Ley, originándose la obligación de su pago por la titularidad de dichos inmuebles a la fecha del devengo de aquel.

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¿Cuáles son los tributos propios de las Entidades locales?

En consecuencia, los ingresos de las entidades locales se nutren de: Tasas y precios públicos. Contribuciones especiales. Impuestos y recargos sobre impuestos….

  • Impuesto sobre bienes inmuebles (IBI).
  • Impuesto sobre actividades económicas (IAE).
  • Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM).

Los principales impuestos provinciales son: Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Impuesto al Sello e Impuesto a la Transferencia de Inmuebles. Las municipalidades recaudan ingresos mediante tasas y contribuciones especiales. Todos los ingresos, incluyendo ganancias de capital, están sujetos a impuestos.

¿Cuáles son los ejemplos de gravamen?

Un ejemplo de este tipo de gravamen es el impuesto sobre la renta o IRPF. Alícuotas por clases o continuas: Dependiendo de la cantidad de la base imponible se gravará con un único gravamen y el resultado de aplicar ese gravamen a la base imponible será la cantidad tributaria a recaudar por el Estado.

¿Qué es el gravamen específico?

Gravamen específico o cantidad fija. Este tipo de gravamen se utiliza para bases imponibles no dinerarias. Se gravará en cantidades de dinero por unidad de base imponible. Un ejemplo de este tipo de gravamen es el impuesto sobre hidrocarburos y se grava euros por litros.

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¿Cómo se calcula el gravamen?

Cuando el gravamen es porcentual se multiplica directamente por el tipo o tasa de gravamen. Por tanto, el gravamen se calcula de la siguiente manera: Para poder comprender el gravamen, se debe entender en qué consiste la base imponible, la base liquidable y la cuota íntegra.

¿Qué es el gravamen porcentual?

Gravamen porcentual o alícuota: La base imponible sobre la que se aplicará este gravamen es de carácter monetario. Se pueden distinguir varios tipos: Alícuota fija: Es un impuesto proporcional. El porcentaje que se aplica a la base no depende de la cuantía de esta, sino que está fijado previamente por el Estado.

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