¿Quién puede solicitar contrato relevo?
La finalidad del contrato de relevo es el fomento del empleo, por ello, según el Estatuto de los Trabajadores, la empresa solo podrá contratar un trabajador que se encuentre en situación de desempleo, o bien, un trabajador que tenga con la empresa un contrato de duración determinada.
¿Cuando no es obligatorio el contrato de relevo?
Jubilación parcial sin contrato de relevo Período mínimo de cotización: 15 años, de los cuales 2 deberán estar incluidos dentro de los 15 años anteriores al hecho causante. No se exige una antigüedad en la empresa: y tampoco se exige la realización de contrato de relevo.
¿Cuándo acaba el contrato relevo?
¿Cuándo finaliza un contrato de relevo? A tenor del último párrafo del artículo 12.6 del Estatuto de los Trabajadores, el contrato de relevo se extinguirá al producirse la jubilación total del trabajador.
¿Cómo solicitar el relevo automático?
Si el contribuyente no recibe el Relevo Automático y entiende que cumple con los criterios establecidos en la Sección 1062.03 (g) del Código, puede solicitar su Relevo de la siguiente manera: Ingrese su usuario y contraseña. (De no estar registrado en el portal, deberá registrarse utilizando la opción “Regístrese en SURI”)
¿Cuándo se extinguirá el contrato de relevo?
A tenor del último párrafo del artículo 12.6 del Estatuto de los Trabajadores, el contrato de relevo se extinguirá al producirse la jubilación total del trabajador. Ante esta situación, la empresa podría contratar indefinidamente a ese nuevo trabajador, o despedirle con su correspondiente indemnización.
¿Qué requisitos se necesitan para firmar un contrato de relevo?
¿Qué requisitos se necesitan para firmar un contrato de relevo? Para poder celebrar un contrato de relevo, se han de cumplir los siguientes requisitos: El trabajador tiene que estar inscrito en el INEM. El contrato ha de ser escrito y tiene que seguir el modelo oficial. La jornada del trabajador de relevo ha de ser equivalente a la del sustituido.
¿Qué es un trabajador relevado o sustituido?
El trabajador relevado o sustituido: es el trabajador de la empresa que quiere jubilarse parcialmente, aunque seguirá trabajando a tiempo parcial. El trabajador relevista o sustituto: es el nuevo trabajador que sustituye al relevado en la jornada de trabajo que deja vacante. En definitiva, la empresa deberá formalizar dos contratos laborales: