Tabla de contenido
¿Qué es el objeto de prueba en el proceso penal?
Constituye el canal o el conducto a través del cual se incorpora el elemento de prueba al proceso penal. Como bien afirma Mixán Máss, “objeto de prueba es todo aquello que constituye materia de la actividad probatoria. Es aquello que requiere ser averiguado, conocido y demostrado.
¿Cuál es el elemento de la prueba?
Por Elemento de Prueba, se entiende: “Todo dato objetivo que se incorpora legalmente al proceso, capaz de producir un conocimiento cierto o probable acerca de los extremos de la imputación delictiva” (extremos fácticos).
¿Qué son los elementos de prueba?
¿Cuáles son las irregularidades procesales en la formación de la prueba?
Las irregularidades procesales en la formación de la prueba no escapan al régimen general que en materia de nulidad de actuaciones previsto en la Ley Orgánica del Poder Judicial, que dispone que “Los actos procesales serán nulos de pleno derecho en los casos siguientes: 1º.
¿Qué es el trámite de admisión de las pruebas propuestas?
En el trámite de admisión de las pruebas propuestas. Dentro del procedimiento abreviado, el órgano decisor puede considerar la validez de las pruebas propuestas en el debate o audiencia preliminar. Por descontado, la validez o nulidad de las pruebas practicadas puede y debe examinarse en el momento de dictar sentencia.
¿Cuándo se practica la prueba en el juicio oral?
En la fase del juicio oral. Cabe la práctica de prueba en la fase del juicio oral antes de iniciarse las sesiones del mismo.
¿Cuáles son las consecuencias de la prueba prohibida?
Las consecuencias de la prueba prohibida se limitan a la prohibición de su toma en consideración como prueba de cargo, incluyendo en su caso, y de seguirse la teoría indirecta o refleja, los actos probatorios derivados de la misma. LA PRUEBA PRODUCIDA IRREGULARMENTE.