Tabla de contenido
¿Qué articulos pueden embargar?
Entonces, ¿qué sí se puede embargar?
- Bienes consignados como garantía de la obligación que se reclame.
- Dinero.
- Créditos realizables en el acto.
- Alhajas.
- Frutos y rentas de toda especie.
- Bienes muebles no comprendidos en las fracciones anteriores.
- Bienes raíces.
- Sueldos o pensiones.
¿Qué tipo de bienes se pueden embargar?
Los bienes susceptibles de embargo serán únicamente los que sean propiedad del deudor, y es el propio deudor quien puede determinar qué bienes se le pueden embargar. Lo importante aquí es encontrarse en el domicilio ya que al estar ausente o renunciar al derecho, el ejecutor podrá ejercerlo.
¿Que se puede y que no se puede embargar?
Los bienes que quedan exceptuados del embargo, según el artículo 157 del CFF son:
- el lecho cotidiano y la vestimenta del deudor o de sus familiares.
- los muebles de uso indispensable para el deudor o su familia, siempre y cuando no sean de lujo a juicio del ejecutor.
¿Qué propiedades no se pueden embargar?
1) Los sueldos, en la parte que el Código de Trabajo los declare inembargables. 2) Las jubilaciones, pensiones y beneficios sociales del deudor y las pensiones alimenticias. 5) Los útiles e instrumentos del artesano o agricultor, en cuanto sean necesarios para su trabajo individual y el de los hijos que mantiene.
¿Cuando no se puede embargar?
Bienes y propiedades que se pueden embargar. Por regla general todas los bienes y derechos propiedad del ejecutado pueden ser embargados, excepto aquellos que la ley expresamente ha excluido o considerado como inembargables.
¿Cuando no pueden embargar?
En virtud del Código Sustantivo del Trabajo, la regla general es que el salario mínimo legal es inembargable. Si la persona gana más de un salario mínimo, el excedente sí podrá ser embargado, pero solo hasta en una quinta parte. Por ejemplo, si el deudor devenga un salario de $3.000.
¿Cuál es la cantidad de dinero para que te embarguen?
Por cualquier cantidad. La ley no establece un mínimo para que a una persona que le deben dinero pueda solicitar el embargo de bienes. Lo que es importante distinguir es que el embargo de bienes debe ser suficiente para cubrir el adeudo, es decir, en su caso no se pueden embargar bienes en exceso.
¿Cuando no te pueden embargar?
Porcentajes de sueldo que pueden embargar según salario Si cobras menos del SMI (950€), no te embargarán nada. Si cobras entre 950€ y 1.900€, te embargarán el 30\% del salario. Si cobras cualquier cantidad que exceda los 4.750€, te embargarán el 90\% del salario.
¿Cuánto dinero tengo que deber para que me puedan embargar?
¿Qué es lo que no se puede embargar?
Lo que no se puede embargar se encuentra estipulado en el artículo 434 del Código Federal de Procedimientos Civiles, donde se menciona que todo aquello que constituya el patrimonio de la familia no podrá ser embargado, por ejemplo: ropa, cama, muebles de uso cotidiano que no sean de lujo, herramientas para desempeñar …
¿Cuándo se puede embargar el sueldo?
Ahora bien, si tienes deudas generales (por ejemplo por la compra de un producto), entonces sólo te pueden embargar el sueldo si supera las 56 UF (aproximadamente $1.456.000). Todo lo que exceda a este monto puede se embargado.
¿Qué muebles se pueden embargar?
Para la Ley los muebles que se encuentren en tu dormitorio (cama, velador, cajones, etcétera), los que estén en el comedor (mesa de comedor y sillas) y los muebles de cocina, no se pueden embargar. Aquí nos referimos solo a los muebles, no a los equipos electrónicos, que en su mayoría si se pueden embargar.
¿Se puede embargar un auto?
Quiero comprar un auto ¿me lo pueden quitar? Andrea, si tu acreedor descubre tu nuevo domicilio, entonces sí, te pueden embargar. Sobre tu segunda pregunta, sí puedes comprarte un auto, pero sí, te lo pueden quitar (embargar).
¿Por qué los despachos de cobranza no pueden hacer uso de amenazas de embargo?
Los despachos de cobranza no pueden hacer uso de amenazas de embargo sin estar autorizadas por un juez civil, porque estarían violando las buenas prácticas reguladas por la REDECO de la Condusef. Puedes presentar una queja en caso de ser víctima.