¿Cuánto se tributa al rescatar un plan de pensiones?
Dicho en otros términos, el rescate del plan de pensiones tributa como mínimo al 19\% y como máximo al 45\% para cuando las rentas superen los 60.000 euros anuales.
¿Cómo tributa el rescate de un plan de pensiones por fallecimiento?
¿Cómo tributa un plan de pensiones en la contingencia de fallecimiento? Los beneficiarios tributarán por el importe rescatado como rendimientos del trabajo en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). En ningún caso se tributará en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD).
¿Cómo se declara la herencia de un plan de pensiones?
El plan de pensiones no forma parte de la masa hereditaria y ni siquiera hay motivos para que figure en el testamento. Tributará, tanto si se cobra en vida como si es tras el fallecimiento del partícipe, como rendimientos del trabajo en la Declaración de la Renta (IRPF).
¿Dónde se pone en la renta el rescate Plan pensiones?
Para declarar en IRPF esta reducción, deberá cumplimentarse en el apartado “reducción por rendimientos irregulares” dentro del apartado “rendimientos del trabajo”.
¿Cuál es la tributación de las pensiones?
Salvo excepciones que analizaremos, las pensiones sí están sujetas a tributación y su consideración es la de rendimientos del trabajo.
¿Cuáles son los supuestos de exención de la pensión?
Su pensión está sujeta a tributación en los términos establecidos en las normas reguladoras del IRPF y sometida, en su caso, al sistema general de retenciones a cuenta del impuesto, con la siguiente excepción. El único supuesto de exención es el referido a las derivadas de actos de terrorismo.
¿Qué impuestos pagan las pensiones de jubilación?
Las pensiones también pagan impuestos. Las pensiones de jubilación son consideradas rendimiento de trabajo y, por tanto, están sujetas a impuestos. El porcentaje destinado a tal fin dependerá de la cuantía de la propia pensión y de las situaciones familiares del pensionista.
¿Qué pasa si excede el importe de la pensión?
Al igual que sucede con las nóminas recibidas durante nuestros años de vida laboral, si el importe de la pensión que haya sido reconocida excede de una determinada cantidad anual, establecida en la normativa fiscal, será objeto de una retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).