Cuanto se paga de plusvalia en una donacion?

¿Cuánto se paga de plusvalía en una donación?

Si el inmueble que donamos tiene un valor superior a cuando lo compramos y, por tanto, hay una ganancia patrimonial, deberemos pagar el impuesto. El impuesto a pagar variará de entre el 19\% y el 23\% según el valor de lo donado. Si el valor de la vivienda es igual entonces estaremos exentos de pagarlo.

¿Quién está obligado a pagar la plusvalía municipal?

Ahora bien, ¿quién paga ese impuesto? Cuando se vende una vivienda, es el vendedor quien tiene que pagar el impuesto pues es el que recibe el dinero de la venta. Si ha sido una donación, el pago del impuesto corresponde a la persona que toma el inmueble.

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¿Quién paga la plusvalía municipal el usufructuario o el nudo propietario?

Y respecto a la pregunta, la respuesta es que quien debe abonar este tributo es el nudo propietario, pues nos encontramos ante una transmisión de un bien inmueble. El usufructuario no debe hacerse cargo del pago de la plusvalía municipal, pues no es propietario del bien.

¿Quién paga los gastos de una propiedad en usufructo?

El pago del IBI corresponde al propietario del inmueble. Sin embargo, en caso de que haya un usufructuario, será a él al que le corresponderá pagar.

¿Quién paga los impuestos en el usufructo de un inmueble?

A tenor del art. 61 de la Ley Reguladora de la Haciendas Locales, es el usufructuario, el contribuyente. En consecuencia le corresponde al que lo disfruta pagarlo.

¿Quién paga el impuesto por Plusvalía?

Cuando existe una plusvalía en la operación, el impuesto deberá pagarlo el que transfiere la propiedad.

¿Es posible no tener que pagar la plusvalía?

La cuota del impuesto sea superior al incremento obtenido por la venta de un inmueble. ¿Es posible entonces no tener que pagar la plusvalía? Hay veces que no, simplemente porque es un impuesto local, “y cada ayuntamiento decide si aplicarlo o no”. Si el consistorio de tu localidad no lo aplica, estás libre de esta carga.

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¿Quién es el obligado al pago de la plusvalía municipal?

¿Quién es el obligado al pago? La persona obligada al pago de la plusvalía municipal es el receptor del bien inmueble. En el caso de una herencia: estará obligado a pagar este impuesto el heredero o legatario del inmueble urbano. En una donación: la persona obligada a pagar la plusvalía municipal será el donatario.

¿Cómo se calcula la plusvalía de un inmueble?

Este impuesto es competencia única y exclusiva de cada ayuntamiento. La plusvalía se calcula sobre el valor del suelo del inmueble en el momento de la transmisión (el valor aparece en el recibo del IBI) y de los años que el vendedor ha sido propietario.

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