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¿Cuánto cuesta un curso bonificado?
Los nuevos costes de la formación bonificada Presencial Básico: el coste es de 9 euros. Presencial Medio Superior: 13 euros. A distancia: Unos 5,5 euros.
¿Cómo declarar ingresos por cursos?
De entrada, los ingresos por conferencias, cursos o charlas se consideran rendimientos del trabajo. Por tanto, no es necesario un contrato de trabajo escrito, ni se debe emitir factura. Será suficiente que firmes un recibo, con la correspondiente retención del IRPF al tipo fijo del 15\%.
¿Que se paga en un contrato de aprendizaje?
A los aprendices en etapa lectiva se les puede pagar el 50 \% del salario mínimo, mientras que a los que están en etapa de formación se les puede pagar el 75 \% del salario mínimo. Si son universitarios, el auxilio será un salario mínimo. El aprendiz no recibe primas, cesantías ni vacaciones.
¿Cuándo se puede bonificar los cursos de formación?
La empresa podrá practicar la bonificación a partir de la comunicación de la finalización del grupo en la aplicación, hasta la presentación del boletín del mes de diciembre del año en curso (Las bonificaciones correspondientes a los Permisos Individuales de Formación podrán practicarse a medida que se abonen los …
¿Se puede reclamar la devolución de IRPF?
A efectos prácticos, a no ser que Hacienda requiera algún tipo de información adicional, no sería necesario llevar a cabo ninguna otra acción adicional para reclamar la devolución de IRPF. Lo que sí podemos hacer es consultar el estado de la devolución y la declaración para comprobar que efectivamente todo sigue su curso con normalidad.
¿Cuáles son los requisitos para la devolución de saldos?
Los requisitos para la devolución de saldos los encontramos en el artículo 66 de la ley 100 de 1993, que son dos: Tener 57 años si es mujer o 62 años si es hombre. Tener menos de 1.150 semanas cotizadas. Si cumple con esos dos requisitos puede solicitar la devolución de los aportes a pensión, en caso contrario se torna imposible.
¿Qué pasa si no recibo la devolución de la renta?
Lo más normal es que incluso en estas fechas, más allá del 30 de junio, si todavía no has recibido la devolución, tu declaración esté en el primer estadio, pero esto no quiere decir que no puedas hacer nada al respecto más allá de consultar el estado de la devolución de la renta.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar la devolución de los aportes?
Que declare su imposibilidad de continuar cotizando. El principal requisito para solicitar la devolución de los aportes es haber cumplido la edad para pensionarse sin haber cotizado las semanas requeridas para pensionarse, que hoy en día son 1.300.