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¿Cuántas horas máximo se puede trabajar a la semana?
40 horas semanales
La jornada de trabajo en España aparece regulada en el Estatuto de los trabajadores y establece que, la jornada legal de trabajo máxima no podrá ser superior a las 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual, así como el límite diario no podrá ser superior a las 8 horas de trabajo efectivo.
¿Cuánto es el máximo de horas extras?
El límite máximo diario de las horas extraordinarias es de 2 horas y su máximo semanal corresponde a 12 horas, si se considera que la jornada semanal puede distribuirse en un máximo de 6 días de labor (6 días x 2 horas extras= 12 horas extras semanales).
¿Qué pasa si trabajo más de 2 horas extras?
Las Horas extras se pagarán con un recargo del 50\% sobre el valor de la hora ordinaria de trabajo, según el sueldo convenido para la jornada ordinaria, y deberán ser pagadas conjuntamente con las remuneraciones del respectivo período.
¿Cuántas horas hay que trabajar para cotizar un día?
En la jornada laboral completa se computa por cada día trabajado. Es decir, 1 día de trabajo es 1 día de cotización. El cálculo en caso de media jornada es un poco distinto; se puede dividir en: Jornada parcial inferior a 5 días semanales: se multiplica por 1,4 los días trabajados.
¿Cuál es la jornada laboral de 40 horas semanales?
La jornada laboral de 40 horas semanales sólo se aplicará si trabajas por cuenta ajena en una sola empresa. A la jornada Ordinaria se le podrían añadir horas extraordinarias (máximo 80 horas al año).
¿Cuántas horas a la semana puede trabajar una persona?
La respuesta es sí. Una persona puede trabajar 40, 60, 80 horas a la semana o las que quiera, siempre y cuando esté contratado por varias empresas. En cada una de ellas, el número de horas reglamentarias que se podrá trabajar será de 40 horas semanales.
¿Cuál es la jornada máxima legal para trabajadores asalariados?
Todos los trabajadores asalariados son conocedores de que la jornada máxima legal en nuestro país es de 40 horas semanales. No es posible hacer un contrato en el contemplen más horas, a no ser que se trate de horas extraordinarias o complementarias.