Quien cubre las contingencias profesionales?

¿Quién cubre las contingencias profesionales?

Como entidades colaboradoras con la Seguridad Social, las Mutuas asumen las prestaciones derivadas del accidente de trabajo y enfermedad profesional (contingencias profesionales) que vienen reguladas por la Ley General de Seguridad Social [1].

¿Qué es el AT y EP?

CÁLCULO DE IT DERIVADA DE ACCIDENTE DE TRABAJO (AT), ENFERMEDAD PROFESIONAL (EP) Y PERÍODOS DE OBSERVACIÓN POR EP. Comenzar este explicación comentando que la cuantía de la prestación por incapacidad temporal (IT) vendrá determinada por los siguientes elementos: La base reguladora de la prestación.

¿Quién debe ingresar la parte de la cuota que corresponde a los trabajadores?

El empresario es el responsable del ingreso de la cotización propia y de la de sus trabajadores, para lo cual descontará del salario de sus trabajadores las aportaciones que les correspondan en el momento de su abono.

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¿Qué cubre las contingencias comunes?

Las contingencias comunes, pues, cubren situaciones como enfermedades comunes o accidentes no laborales (conocidos bajo el rubro de incapacidad temporal). Además, las contingencias comunes cubren las siguientes prestaciones: Asistencia sanitaria y pretaciones farmacéuticas. Prestación por maternidad y paternidad.

¿Cuál es el porcentaje de AT y EP?

En caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional Del 4º al 20º día de baja, el 60\% de la base reguladora. A partir del 21º día, el 75\% de la base reguladora. A partir del día siguiente a la baja médica, el 75\% de la base reguladora.

¿Cuánto paga la empresa por AT y EP?

Las cotizaciones sociales, una rémora que se lleva el 30\% de nuestro salario

Concepto A cargo del trabajador A cargo de la empresa
Contingencias comunes 4,70\% 23,60\%
AT y EP 0\% 1,35\%
Desempleo 1,55\% 5,50\%
Formación 0,10\% 0,60\%

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